EL GOBIERNO DE RÍO NEGRO NIEGA HABER ABONADO PAUTA PUBLICITARIA QUE NO FUE EMITIDA

El Gobierno de Río Negro negó “terminantemente los términos de la denuncia realizada por Juan Carlos Jutton con el acompañamiento del legislador del FpV Nicolás Rochás”.

“Se trata de la denuncia referida al pago de publicidad oficial que supuestamente no fuera emitida por Canal 3 de Bariloche, perteneciente a la empresa Antaxus”.

“En tal sentido, el Gobierno ratificó el cumplimiento de todos y cada uno de los requerimientos contemplados en la normativa vigente en materia de contratación de publicidad oficial, regido por decreto Nº 411/2012 que reglamenta la Ley Nº 4391 de Planificación, Coordinación y actualización de espacios informativos o publicidad en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro”.

“Precisamente, llama la atención que el legislador Rochás, uno de los impulsores de esta denuncia, desconozca los términos de esta normativa, ya que fue quien redactó los términos del decreto y la reglamentación en tiempos que se desempeñaba como Secretario Legal y Técnico”.

“En este marco, más allá de haber cumplido con toda la normativa vigente, el Gobierno Provincial presentará ante la Justicia todas las pruebas que correspondan, poniéndose sus funcionarios a disposición para brindar toda la colaboración necesaria para con la investigación”.

“La norma contempla que a los fines de asignar pauta publicitaria de la Provincia, el medio de comunicación debe estar inscripto en el Registro de Medios de la Provincia de Río Negro. Dicha inscripción debe estar acompañada por la siguiente documentación: Tarifarios en vigencia del año en curso, Formulario de Inscripción en Rentas Provincial, fotocopia con membrete de factura, Certificado único de Libre Deuda –Ley Nº 4.798-. Asimismo, deben presentar estatuto, Acta de última asamblea constitutiva de cargos, de esta forma la Secretaria de Medios constata la existencia del medio dentro de la provincia”.

“El procedimiento contempla que una vez acreditado que la empresa o razón social en cuestión, se encuentra inscripta en el registro de medios de la provincia, se le asignaba pauta publicitaria, siguiendo los mismos parámetros objetivos que se siguen para cualquier medio inscripto en el Registro de Medios de la Provincia de Río Negro”.

“Una vez fijado el monto de publicidad, la Secretaria de Medios, emite administrativamente las órdenes de publicidad y las solicitudes de publicidad, las que se incorporan al expediente administrativo de contratación y aprobada la Resolución, las órdenes de publicidad son remitidas a la empresa”.

“La empresa, una vez que emite la publicidad, debe remitir a la Secretaria de Medios, la correspondiente factura, junto a la solicitud de pago y la certificación de emisión de la publicidad, la cual debe contener los datos de la orden de publicidad, y en qué ciudad de emitió. Esta certificación tiene carácter de declaración jurada y debe estar firmada por el presiente o gerente general, previamente acreditadnos en la Secretaría de Medios”.

“De esta manera quedan cumplidos todos los procedimientos legales, técnicos y administrativos para la asignación y emisión de pauta publicitaria” sostiene el parte de prensa oficial.

PUBLICADO EL 29/07/16
POR INFOALLEN – MAIL: noticias@infoallen.com.ar
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