SÓLO TRES CANDIDATOS COMPETIRÁN POR LA INTENDENCIA DE ALLEN


Ayer a las 20 la Junta Electoral Municipal realizó el cierre para la recepción de listas de candidatos a ocupar la Intendencia de Allen, nueve escaños en el Concejo Deliberante y tres miembros del Tribunal de Cuentas, además de los suplentes correspondientes en cada uno de los cuerpos colegiados.


Tres serán los candidatos a Intendente que compulsarán el 5 de Julio, si finalmente es esa la fecha de elecciones Municipales en Allen. Por el partido del Gobernador Alberto Weretilneck,  ‘Juntos Somos Río Negro’, la actual Intendenta Sabina Costa buscará la reelección. En tanto que serán dos sus contrincantes. Guillermo Pennesi, por la Unión Cívica Radical, y Elena ‘Cora’ Cabrera por el Frente Para La Victoria.

En tanto para presidir el Concejo Deliberante de Allen los candidatos son Lorenzo Brevi por J.S.R.N. , Gladys Nestares (U.C.R) y Carlos Verón (F.P.V.).

Se postulan como Presidente del Tribunal de Cuentas, María Carrasco (quien también va por un nuevo mandato al frente de ese organismo) por J.S.R.N., Héctor Fernández Da Silva (U.C.R.) y Gladys Zapata (F.P.V.).

Cabe destacar que la continuidad de todo el proceso dependerá de la decisión que tome el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, quien deberá fallar respecto de la validez del llamado a elecciones para el 5 de Julio realizado por la Intendenta Sabina Costa.

Según pudo conocer INFOALLEN en forma exclusiva, en las próximas horas desde el Poder Ejecutivo se hará hincapié ante el STJ de la Provincia, entre otros puntos,  en la falta de reglamentación de la Carta Orgánica Municipal en lo referido específicamente a lo atinente al llamado a elecciones Municipales.

Según entienden los asesores legales del Poder Ejecutivo, la propia Carta Orgánica hace principal hincapié en la obligatoriedad de la reglamentación correspondiente, situación que en su momento se planteó y que luego descartó, el ex Intendente Radical Ulises Gentile, cuyos asesores de aquel momento le requerían llegar a la Justicia en la cuestión de la ausencia de reglamentación de la C.O.M., para ‘voltear’ el proceso de revocatoria incoado en su momento.

INFOALLEN – Mail: noticias@infoallen.com.ar

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