EL 5 DE JULIO NO SE VOTA EN ALLEN PERO EL EJECUTIVO VETARÍA LA FECHA DEL 25 DE OCTUBRE


El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro “declaró que la competencia para convocar a Elecciones en el Municipio de Allen le Corresponde al Concejo Deliberante y declaró la Nulidad de la Resolución Municipal del Poder Ejecutivo Municipal donde fijaba como fecha de elecciones el 5 de Julio.

El fallo tuvo como voto rector y consideraciones realizadas por el Juez de ese máximo órgano Judicial Provincial Dr. Enrique J. Mansilla, el que tuvo el acompañamiento de sus colegas Dr. Sergio M. Barotto, Ricardo A. Apcarián y Liliana L. Piccinini y la abstención de la Jueza Adriana C. Zaratiegui.

Cabe destacar que en horas del mediodía de hoy y ante la inminencia de un fallo en contra de la Resolución Municipal 358/15 por parte del S.T.J. de la Provincia, el Concejo Deliberante aprobó por mayoría la fecha de la elección presidencial (25 de Octubre) para la realización de manera conjunta de los comicios comunales. 

Luego de conocido el fallo del STJ  algún que otro concejal además de otros ‘interesados’ en la política local, tuvieron algún motivo para ‘festejar’, luego de la paliza electoral recibida el Domingo por el partido del Gobernador Alberto Weretilneck.

Es tal el nivel de descaro de algunos ediles, que incluso afirmaron a través de redes sociales que “la justicia falló a favor del pueblo de Allen” al dar por entendido que se está dando cumplimiento a lo establecido por la Carta Orgánica Municipal en cuanto a las atribuciones de cada uno de los Poderes del Estado Municipal de Allen.

Llama la atención que éstos incompetentes ediles,  nada digan acerca de la flagrante violación de lo dispuesto por la Ley 2431 la cual establece claramente en su  Artículo 140 que “... la convocatoria a toda elección efectuada en el ámbito provincial y comunal se realizará con un plazo mínimo de noventa (90)  y un máximo de ciento veinte (120) días de anticipación al acto eleccionario...”.

Éste hecho, además de no dejar pasar por alto que el Concejo Deliberante operó en oposición a sus propios actos, al haber por un lado recurrido a la Justicia para validar su derecho a fijar la fecha de las elecciones, y por el otro hoy en horas del mediodía (cuando todavía no se había dictado la resolución del STJ) haber fijado una nueva fecha, le abre la puerta al Poder Ejecutivo Municipal para vetar la Ordenanza aprobada hoy, por el sólo hecho de meramente cumplir con sus deberes de funcionarios públicos, los que los obliga a algo que en la política parece estar cada día más devaluado: El simple cumplimiento de la ley.

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