ORDENARON DAR COBERTURA DE MEDICAMENTO A AMPARISTA

El Superior Tribunal de Justicia  ordenó a O.S.S.D.E.B y SWISS MEDICAL S.A., a brindar a la accionante, la cobertura del 70% de los medicamentos “Deltisona B 40 mg y Entocort 3 mg", prescriptos por su médico tratante, en razón de tratarse de medicamentos de uso habitual destinado al tratamiento de una patología crónica prevalente, específicamente enfermedad de Crohn.


Las presentes actuaciones llegan a consideración de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la amparista, contra la sentencia del Juez del amparo, que rechazó la acción de amparo interpuesta contra la Obra Social de Serenos de Buques (O.S.S.D.E.B) y SWISS MEDICAL S.A., cuyo objeto era la cobertura del cien por ciento (100%) de los medicamentos Deltisona B 40 mg y Entocort 3 mg, prescriptos por su médico tratante, destinados al tratamiento de una patología crónica -Enfermedad de Crohn-.

La sentencia del STJ tiene los votos de los Jueces Sergio Barotto, Enrique Mansilla, Ricardo Apcarián, Liliana Piccinini y Adriana Zaratiegui.

Entre otras consideraciones indicaron que “debe recordarse que en lo que respecta a la salud y la vida de las personas, las entidades de medicina prepaga no deben ampararse en interpretaciones restrictivas de las normas destinadas a reglamentar este derecho. Por otro lado, a las prestaciones que puede brindar la demandada, debe sumársele la posibilidad de contemplar aquellas situaciones que no han sido aún incluidas ya por imprecisión del legislador o por la falta de políticas de Estado. (STJRNS4 Se. 147/13 “VALLEJOS”).”

También sostuvieron que “...el profesional interviniente del Cuerpo Médico Forense señala que la enfermedad es crónica prevalente. Confrontado el informe con el pronunciamiento del Juez del amparo, considero que el fallo puesto en crisis ha sido emitido con ausencia de soporte científico necesario, rechazando sin más la acción intentada que se encuentra sustentada en la protección del derecho a la salud que garantiza el art. 59 Constitución Provincial y la normativa de rango internacional que lo promueve y protege, anteriormente mencionadas.”

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