La investigación por la muerte del fiscal Alberto
Nisman, quien estaba a cargo de la causa AMIA, volverá a ser abordada por la jueza
de instrucción Fabiana Palmaghini, según ordenó la Cámara Federal de Casación
Penal (CNCP), que le quitó la competencia a la justicia federal al responder
favorablemente al recurso interpuesto por Diego Lagomarsino.
La sala de turno aceptó el recurso de Lagomarsino
contra el fallo de la Sala VI de la Cámara Nacional en lo Criminal que, meses
atrás, había dispuesto que la causa por la muerte del fiscal pasara al fuero
federal penal, donde había quedado radicada ante el juez Julián Ercolini.
El miércoles, en una audiencia convocada para
escuchar los argumentos de las partes, las querellas, tanto la que representa a
las hijas menores de edad Nisman, como la apoderada de Sara Garfunkel, madre
del fiscal, se habían opuesto al recurso presentado por la defensa de
Lagormasino.
El experto en informática, dueño de la pistola con
la que se efectuó el disparo mortal con el que Nisman fue hallado el 18 de
enero de 2015 en el baño del departamento que ocupaba en Puerto Madero, de esta
capital, sostuvo que el pase a la justicia federal violaba su derecho a ser
juzgado en un plazo razonable.
Las querellas sostuvieron que era Lagomarsino
demoraba el trámite del sumario y reclamaron la competencia de la justicia
federal, que abona la hipótesis de un homicidio, porque Nisman fue hallado
muerto cuatro días después de denunciar a la entonces presidenta Cristina
Kirchner y a funcionarios de su gobierno como encubridores del ataque a la
mutual judía.
“Mientras no se incorporen elementos probatorios
que permitan sostener seriamente una sospecha razonable de la comisión de algún
comportamiento con relevancia jurídico penal,
existe una absoluta incertidumbre a efectos de la aplicación del
artículo 116 de la Constitución Nacional y del artículo 33 del Código Procesal
Penal de la Nación que habilite el paso al fuero de excepción”, reza el
dictamen de la Cámara.
Añade que “la orfandad de elementos agregados al
proceso que permitan concluir que debe
darse intervención a la justicia de excepción, determina que continúe
investigando, con la debida celeridad y eficiencia, el magistrado que ha
prevenido hasta el momento, en razón de lo establecido de modo constante por la
Corte Suprema de Justicia de la Nación”.