El Gobierno Nacional determinó las estructuras de
costos de plantas de fraccionamiento y distribución del gas por garrafa para
enfrentar la informalidad en que había incurrido el mercado y evitar la
reventa, y ratificó que el precio de referencia de las garrafas de gas de uso
domiciliario para el usuario final se mantiene en $87,78 antes de impuestos.
En la Resolución 19 publicada en el Boletín
Oficial, la Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos modificó la metodología de
cálculo del precio de referencia, que no incluye impuestos, por lo que
establece un "precio máximo de referencia para la venta al consumidor
final por parte de fraccionadores, distribuidores y comercios".
De este modo, los valores fijados son para el
fraccionador, $39,30 la garrafa de 10 kilos, $47,16 la garrafa de 12 kilos y
$58,95 la de 15; y para el distribuidor $78,50 la de 10 kilos, $94,20 la de 12
y $117,75 la de 15.
En tanto, el precio de venta al público, antes de
impuestos y sin el costo por el servicio de venta a domicilio, se mantiene en
$87,78 para la garrafa de 10 kilos, $105,34 la de 12 kilos y $131,67 la de 15
kilos.
Fuentes de la cartera energética explicaron a Télam
que con esta resolución de la Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos se
modificó la Resolución 70 de 2015 que habilitaba la venta al público de los
fraccionadores, lo cual "generó mucha especulación".
Las autoridades detectaron que operaciones de
quienes adquirían las garrafas directamente a los fraccionadores a unos 40
pesos para luego revenderlas a precios de hasta 150 pesos.
“De esta manera se busca sacarle la informalidad al
mercado y limitar las operaciones de reventa cerrando el mercado negro”,
explicaron las fuentes al asegurar que los precios de venta al público no
sufrieron modificación alguna con la resolución de hoy.
PUBLICADO EL 29/07/16
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