La Cámara Federal de La Plata habilitó ayer la
feria judicial para analizar los recursos presentados por el Gobierno contra
los fallos que suspendieron los aumentos en las tarifas de gas a nivel nacional
y de luz en el ámbito del conurbano bonaerense.
Fuentes de la causa informaron que la medida fue
adoptada por “las especiales características de la causa en función de la
materia debatida y sus efectos”, de acuerdo al fallo firmado por los camaristas
de feria César Álvarez, Roberto Lemos Arias y Julio Reboredo.
En el fallo, los magistrados hicieron lugar a la
presentación del gobierno nacional, que solicitó habilitar el período de receso
invernal, que comenzó hoy, para analizar si corresponde admitir o denegar el
recurso extraordinario del Ministerio de Energía para que el tema lo dirima la
Corte Suprema de Justicia.
Los camaristas entendieron en su escrito que
"en los motivos alegados por el presentante y las especiales
características de la causa en función de la materia debatida y sus efectos, se
consideran presentes las circunstancias de excepción, las que hacen admisible
la habilitación de la feria judicial a los efectos solicitados".
Con ello, se acorta en 10 días hábiles el plazo con
el que contaba la Cámara para resolver si concedía el recurso extraordinario,
ya que en lugar de empezar a correr el lunes 1 de agosto cuando se reanuda la
actividad judicial, el período comenzará a correr a partir de este lunes.
Fuentes judiciales estimaron que el pronunciamiento
de la Cámara -bajo su conformación de feria- podría llegar a conocerse entre el
jueves o viernes de la próxima semana.
En caso de resolver favorablemente el pedido del
Gobierno de elevar el caso para su tratamiento por la Corte Suprema, también
comenzará a correr el nuevo esquema tarifario que pone un tope máximo de
aumento de 400% por ciento en el caso del gas para usuarios residenciales y del
500 por ciento para comercios y pymes, respecto a igual período del año pasado.
La Sala II de la Cámara Federal había declarado la
nulidad del aumento del gas, en el caso de una presentación del Centro de
Estudios para la Promoción de la Igualdad y Solidaridad (Cepis), por lo cual
afectaba a todo el país.
En el caso de la electricidad, se trataba de una
medida cautelar que suspendía el aumento de la tarifa sólo en la provincia de
Buenos Aires y por el término de tres meses.
La semana pasada, la Cámara Federal había rechazado
un pedido del Estado nacional para que se suspendan las resoluciones que
prohibían los aumentos por la sola interposición del recurso de apelación.
La Cámara se abocó al criterio de que sólo la
concesión del recurso extraordinario suspende la sentencia hasta que haya un
pronunciamiento firme, en este caso el de la Corte Suprema de Justicia.
El 7 de julio último, la Cámara platense integrada
por los jueces César Álvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin declararon
nulas las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía “por no haber sido
precedidas de audiencias públicas” y ordenaron retrotraer la situación a la
fecha previa a puesta en práctica de esas medidas.
Además, consideraron que corresponde ordenar al
Estado nacional que convoque a una Audiencia Pública a fin de garantizar los
derechos de usuarios del servicio público de gas natural y, de esta forma,
posibilitar la participación ciudadana.
Ese mismo día, la misma Cámara también hizo lugar a
una medida cautelar que suspendió por tres meses la instrumentación de los
aumentos en la tarifa de luz en las áreas operadas por las empresas Edenor y
Edesur.
Así hizo lugar a una presentación efectuada por los
diputados del Frente para la Victoria, Walter Abarca y Evangelina Ramírez, y la
Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.
La causa llegó a la Cámara luego que la medida
cautelar presentada por los diputados del Frente para la Victoria fue rechazada
por el juez de primera instancia, Adolfo Ziulu.
En la presentación los legisladores habían pedido
que se suspenda el aumento en la tarifa eléctrica debido a que no se realizó
una audiencia pública para definir el nuevo cuadro tarifario.
PUBLICADO EL 19/07/16
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