El parlamento rionegrino aprobó, por unanimidad la
ley General de Cambio Climático para reducir la emisión de gases de efecto
invernadero y permite que la provincia pueda adoptar las medidas de adaptación
necesarias frente a este problema.
La iniciativa del legislador Leandro Lescano propone
además, la transversalidad del tema en las políticas de Estado, en sintonía
entre las políticas ambientales desarrolladas en los ámbitos internacionales y
el provincial, el compromiso intergeneracional, y el desarrollo sostenible.
La ley contempla que “el cambio climático genera
fuertes pérdidas de biodiversidad, flora, fauna, recursos naturales, además de
escasez o saturación hídrica, rompe los ecosistemas y provoca alteraciones
importantes e irreversibles en los ciclos ecológicos que sustentan la vida”.
La iniciativa impulsa acciones destinadas al ahorro
y la eficiencia energética, dar protección a los recursos naturales y promover
la forestación y reforestación.
Contempla también el desarrollo de políticas que
favorezcan la movilidad sostenible y la accesibilidad, para fomentar el
transporte público y la tecnología limpia, así como los medios de transporte no
motorizados.
La ley contempla un Plan Provincial de Acción
frente al Cambio Climático que sirva como instrumento guía de la política
provincial, y puntualizó que estará a cargo de la Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable, como autoridad de aplicación.
La Secretaría estará asistida por un Comité Asesor
frente al cambio climático, integrado por representantes del Poder Legislativo
, INVAP SE , Eólica Río Negro SA , Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) ,
Universidad del Comahue (UNCOMA) , y ONG ambientalistas.
La iniciativa define obligaciones en cuanto a la
educación y la concientización en el tema e invita a los municipios a sumarse a
la propuesta.
Otras leyes aprobadas
La legislatura rionegrina aprobó la ley que prohíbe
el uso del producto identificado como purpurina, brillantina o su similar de
uso industrial, en el ciclo inicial, primario y secundario de las escuelas
públicas y privadas de la Provincia de Río Negro y prohíbe a los comercios la
venta del producto a niños, niñas y adolescentes en la Provincia de Río Negro.
La ley establece que todos los comercios que vendan
el producto identificado como purpurina, brillantina o su similar, presenten en
forma visible y notoria la leyenda “producto tóxico” en el envase del producto,
debiendo tener un correcto sellado y etiquetado. En el caso de que el producto
no especifique la leyenda, el comerciante responsable de la venta deberá
agregarla de forma tal que cumpla con lo establecido en la norma.
Los comerciantes que procedan a la venta del
producto identificado como purpurina, brillantina o su similar de uso
industrial, al consumidor final, deben exhibir en un lugar destacado y
perfectamente visible del comercio un cartel con el texto de la presente ley.
También, se aprobó la adhesión a la Ley Nacional
27218 que establece un régimen tarifario específico para entidades de bien
público.
La ley que se aplicará a tarifas específicas para
fundaciones y asociaciones que tienen por objeto el bien común, llevando
adelante programas de promoción y protección de derechos o que desarrollan
actividades sociales de manera gratuita.
Por otro lado, fue aprobada la ley que prorrogá
hasta el 31 de diciembre de 2016 todos los plazos procesales establecidos en el
“Régimen Excepcional de Protección de la Vivienda Única de Residencia
Permanente”.
Asimismo, fue aprobada una ley para declarar Sitio
Histórico y de Turismo Religioso de la Provincia de Río Negro, al “Santuario y
Parque Ceferino Namuncurá”, ubicado en la localidad de Chimpay, y otra que
propone reconocer la vida y obra del ciudadano rionegrino Rodolfo Jorge Walsh.
Además, se aprobó la ley que aprueba y adopta el
diseño de Sistema de Señalización para las Vías de Evacuación, realizado por la
Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas de los ríos Limay, Neuquén y
Negro, en el marco del Sistema de Emergencias Hídricas y Mitigación del Riesgo.
Por otro lado, se aprobó la ley que permite al
Poder Ejecutivo transferir en carácter de donación a la Municipalidad de Allen,
el inmueble designado catastralmente con la nomenclatura catastral 04-1-B-
053-02, dominio inscripto a nombre de la Provincia de Río Negro, Matrícula nº
04-840, ubicado en la ciudad de Allen para la instalación de las dependencias
que integran la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad.
Artículo 2º.- La presente autorización legislativa queda condicionada al
cumplimiento de los requisitos previstos en la ley A nº 3682, en forma previa a
la instrumentación definitiva de la donación.
Por último, el parlamento rionegrino aprobó la ley
que reconoce a la ciudad de Viedma como comunidad preexistente, fundadora y
constructora del proceso de emancipación de la Nación Argentina por el rol y la
función desempeñados en el ámbito del otrora Fuerte del Río Negro.
La iniciativa contempla que el Poder ejecutivo
extienda un título especial al Municipio de Viedma que de cuenta del
reconocimiento y que será rubricado por los titulares de los tres poderes del
Estado Provincial.
PUBLICADO EL 18/09/2016
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