EL STJ RATIFICÓ CONDENA DE 16 AÑOS DE PRISIÓN PARA UN HOMBRE DE REGINA QUE ABUSABA DE SU HIJA

El Superior Tribunal de Justicia ratificó la condena de 16 años de prisión que la Cámara Criminal Tercera de Roca había impuesto al autor de graves delitos contra la integridad sexual de una menor de edad, ocurridos en Villa Regina.

Con voto rector de la Presidenta del STJ, Liliana Piccinini, y adhesión de los jueces Enrique Mansilla y Sergio Barotto, el Tribunal declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto por el defensor particular Darío Sujonitzky y confirmó lo resuelto en septiembre de 2015 por la Cámara roquense. La sentencia condenó al imputado como "autor de los delitos de abuso sexual agravado por el vínculo, en un número indeterminado de veces, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, en un número indeterminado de veces, y en concurso ideal con corrupción de menores agravada por el vínculo".

Se tuvo por acreditado que los hechos ocurrieron principalmente en la vivienda familiar, entre los años 1997 y 2004, desde que la menor de edad -hija del imputado- tenía 5 años y hasta que tuvo 12. Luego los abusos continuaron, entre 2004 y 2008, con acceso carnal y mediante violencia física hasta que la víctima tuvo 16 años de edad. En la mayoría de los casos, las agresiones se producían cuando la madre de la víctima estaba trabajando fuera de la casa.

En su recurso de casación la defensa consideró "arbitraria" aquella condena y planteó que el testimonio de la víctima, como principal prueba de cargo, no resultó "sólido, coherente y sin fisuras", por lo que solicitó la absolución del imputado.

Tras analizar la prueba existente, el STJ concluyó que no sólo la víctima sino también su madre y hermano eran sometidos a "violencia física y verbal" por parte del imputado, circunstancia que permitió a los jueces interpretar en correcta perspectiva el contenido de algunas de las declaraciones testimoniales que la defensa había calificado como "contradictorias".

"Es posible desestimar cada una de las críticas de la defensa al testimonio de la víctima, de modo tal que queda incólume la regla general (...) que admite la condena en la medida de la solidez y coherencia de sus dichos, lo que se verifica en el caso en examen", concluyó el STJ.

Cabe señalar que la sentencia en análisis aún no se encuentra firme, pues existen otras vías de recurso para la defensa.

PUBLICADO EL 12/10/2016
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