Río Negro: En juicio abreviado acuerdan dos años de prisión por corte de caminos petroleros


El Fiscal Martín Pezzetta, acordó con la defensa particular de un hombre la pena de dos años de prisión en suspenso por el delito de coacción simple durante el corte de un camino petrolero, suscitado entre el 4 y el 6 de marzo del año pasado.
El imputado aceptó su culpabilidad, la calificación legal y el monto de la pena por lo que resta ahora que la Cámara Primera en lo Criminal determine si homologa el acuerdo. Respecto de otros siete imputados, el fiscal solicitó la remisión del expediente para evaluar la aplicación del beneficio del Criterio de Oportunidad.

“Por la gravedad del perjuicio, por la prueba colectada y por la negativa del imputado a realizar una audiencia de conciliación, entiendo que casos como éste son lo que la fiscalía debe llevar a juicio y solicitar una condena", expresó Pezzetta al finalizar la audiencia. Además agregó que, en estos hechos concretos que se dan en el marco de protestas sociales o gremiales, no se analiza el fondo del reclamo, sino que se tiene en cuenta que para llevarlo a cabo se está cometiendo un delito.

El hecho llevado a juicio, ocurrió entre el 04 de marzo y 06 de marzo de 2016, cuando un grupo de ocho personas, liderado por S.G. - quien resulta ser superficiario de un camino petrolero – de forma organizada amenazaron a un representante de la empresa YPF para que reparen el alambrado, coloquen la electricidad y otorguen puestos laborales a los manifestantes. Durante este accionar, el grupo bloqueó el paso de vehículos y personal al yacimiento de “Señal Picada”, en cercanías de Catriel.

La fiscalía de delitos especiales, a cargo del fiscal Pezzetta, trabaja desde hace más de un año siguiendo los lineamientos de un protocolo de intervención para este tipo de casos en particular. Con la intención primaria de destrabar el conflicto, una vez anoticiado del corte, el funcionario del Ministerio Público convoca a las partes a una audiencia de conciliación, intimando a no continuar con esta modalidad de corte. En este caso la instancia de mediación fue descartada por el imputado, quien prefirió continuar con la protesta y no asistir a la reunión impulsada por el Ministerio Público. Pezzetta, también advirtió que el hombre ya había liderado en otras situaciones, protestas que incluyeron el entorpecimiento de la normal circulación hacia los pozos petroleros.

Respecto de otros siete imputados, el fiscal solicitó que las actuaciones sean remitidas a la Fiscalía para intentar la aplicación de un criterio de oportunidad, entendiendo que si bien participaron del hecho, su responsabilidad fue menor, toda vez que el líder la protesta fue la persona sobre la cual se solicitó condena.

Cabe destacar que en los juicios abreviados, se prevé que el fiscal realice una propuesta a partir de la cual el imputado debe aceptar la responsabilidad por el hecho, así como la calificación legal y la pena. Bajo esta modalidad se evita la realización de un juicio tradicional, en el cual se debe citar a todos los testigos del caso,  logrando una mayor dinámica en el juzgamiento.

PUBLICADO EL 21-03-2017
POR INFOALLEN – Mail: noticias@infoallen.com.ar


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