Ordenan desalojo de usurpación masiva en Fernández Oro


La resolución fue dada a conocer hoy y se tomó por solicitud del Ministerio Público Fiscal. El fallo es de primera instancia y la defensa anticipó que impugnará la decisión. Intervino por la fiscalía el fiscal jefe Gustavo Herrera.

Debe recordarse que la “toma” se originó el 26 de septiembre de este año cuando un grupo de personas, algunas adjudicatarias del Loteo Social V de esa ciudad, ocupó un predio perteneciente a la empresa de desarrollo inmobiliario JC Brabeuo.

Desde el Ministerio Público Fiscal, se sostuvo desde un primer momento que la titularidad de las tierras era de la firma mencionada, toda vez que dispone tanto del título de propiedad y realizó de forma continuada actos de posesión de lugar, sobre todo teniendo en cuenta que se realizaron trabajos de mensura y planificación de obras de urbanización. Según se preveía en sendas ordenanzas de la ciudad, parte del total de las tierras de JC Brabeuo, serían cedidas al Municipio para la creación de un loteo social una vez que las obras de urbanización – agua, luz y cloacas – sean culminadas. Esas tareas no pudieron desarrollarse en un primer momento debido a que no se había aprobado el proyecto de factibilidad de la zona y en la actualidad no pueden concretarse porque los lotes se encuentran usurpados.

Según manifestaron los imputados en distintos momentos del proceso, contaban en su poder con un boleto de compra venta suscripto por el intendente de esa ciudad asignando un terreno en esa ubicación, sin embargo, según dictaminó Herrera – siendo esto corroborado por el Juez de Garantías interviniente – ese boleto de compra-venta les daba un derecho en expectativa y los lotes podrían ser de ellos una vez que la empresa terminara con las obras de urbanización.

A la hora de la formulación de cargos desarrollada hoy, Herrera informó que se trata de un caso de usurpación y adelantó que para aquellos que estén dispuestos a abandonar voluntariamente el espacio ocupado, se aplicaría un Criterio de Oportunidad que es en un beneficio procesal que prevé el sobreseimiento de los imputados bajo determinados parámetros. Por el contrario, el funcionario del Ministerio Público sostuvo que respecto de aquellos que no abandonen el lugar, se solicitará la continuación de las actuaciones hasta la etapa de juicio.

Durante la audiencia de hoy, parte de los imputados – quienes eran asistidos por el defensor oficial Sebastián Nolivo – manifestaron que ya no ocupaban el predio a lo que el fiscal les hizo saber que acreditado lo anterior, se avanzaría en la aplicación del beneficio procesal mencionado.

Solicitud de desalojo

La solicitud de desalojo se había realizado en ocasión de celebrarse una audiencia de formulación de cargos a mediados del mes de noviembre. En esa oportunidad, el Juez de Garantías Marcelo Gomez, intimó a los ocupantes a abandonar el predio en un plazo de 15 días. Vencido el plazo de intimación, se solicitó una nueva audiencia y el Ministerio Público Fiscal insistió en el pedido de la medida, para restituir el predio al desarrollador inmobiliario quien se encuentra en condiciones de avanzar con las obras de urbanización, las cuales no pueden concretarse por encontrarse ocupado el lugar.

El defensor particular, Pablo Barrionuevo se opuso a la solicitud y sostuvo que parte de los imputados poseían un boleto de compra-venta lo que le daba un derecho sobre los lotes.

La Defensora de Menores, Alicia Merino solicitó que se postergue la decisión sobre el desalojo forzoso, debido a que no se podía asegurar el resguardo físico y psicológico de los niños, niñas y adolescentes presentes en el lugar. Además requirió que se fije una nueva audiencia donde participe el órgano proteccional de niños, niñas y adolescentes para evaluar una estrategia de abordaje para con esa franja etária en particular.

El magistrado que presidió la audiencia, Marcelo Gomez, reconció que hubo innumerables encuentros propiciados por la fiscalía para intentar buscar una salida satisfactoria para todos los involucrados en el conflicto, pero que esto último no se había podido lograr.

Además aclaró que sin perjuicio del boleto de compra venta del cual disponen parte de los ocupantes, hasta tanto se terminen las obras - momento en el cual los terrenos serían cedidos al municipio - la posesión correspondía a la empresa desarrolladora inmobiliaria. En este punto señaló que los acusados mantienen en derecho en expectativa y que no lo pueden hacer valer “de hecho” , mediante la ocupación de los lotes. Sin embargo, agregó que tienen abiertas otras vías judiciales - en el fuero civil - para hacer valer los derechos que les asisten por el documento del cual disponen.

Por esos argumentos, Gomez hizo lugar a lo solicitado por la fiscalía y ordenó el desalojo del predio, aclarando que recién podrá llevarse a cabo una vez que su resolución quede firme. Sobre este punto, el defensor Pablo Barrionuevo, hizo saber que presentaría un recurso de impugnación a la medida.

PUBLICADO EL 15-12-2017
POR INFOALLEN – Mail: noticias@infoallen.com.ar   


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