Violencia de género en General Roca: Prisión preventiva por desobediencia


Cerca del mediodía culminó la audiencia de formulación de cargos contra un hombre detenido por el delito de desobediencia a una orden judicial de prohibición de acercamiento dictada por el juzgado de Paz de Roca.

El hecho, describió el fiscal del caso Ricardo Romero, “ocurrió el 21 de enero pasado, entre las 19.20 y 19.30 horas en el domicilio de la denunciante. En esas circunstancias el sujeto, en aparente estado de ebriedad, se acercó a la casa de la mujer, quien se encontraba dentro de la vivienda, mientras que algunos niños se bañaban en la pileta ubicada en el patio delantero. Es entonces cuando el hermano de la denunciante avisa que el imputado se encontraba afuera, y al salir del interior de la vivienda, el hombre comenzó a llamarla diciéndole “vení, vení, que te haces la piolita”.

De esta manera, retomó Romero, “violó la prohibición de acercamiento que pesa sobre el imputado respecto de la denunciante y su domicilio, y por un radio de 200 metros de todo lugar donde la misma se encuentre. Dicha orden fue dictada mediante resolución de la Jueza de Paz Norma Cristina Martino, el 11 de octubre de 2017 y el hombre fue notificado el 13 de ese mismo mes”.

La fiscalía sostuvo su acusación en el relato de la víctima, hija de la ex pareja del imputado, también de los policías que intervinieron en la detención, e incorporó el acta de procedimiento, el croquis ilustrativo, la orden de la jueza de Paz y la notificación de la misma.

En la audiencia el fiscal mencionó que al acusado en octubre pasado “se le formularon cargos por un hecho que ocurrió con la misma víctima, desobediendo la misma orden judicial, y por el delito de amenazas, todo en el marco de violencia de género. Pese a que la fiscalía en aquella oportunidad solicitó la prisión preventiva, no se le otorgó y se determinaron reglas de conducta: fijar domicilio, continuar el tratamiento de salud pertinente, no acercarse a la víctima, no causar actos turbatorios hacia la chica. Ahora insistimos con el pedido de la medida cautelar ya que se observa que el hombre no está cumpliendo con las reglas impuestas y existe un peligro potencial cierto del imputado hacia la denunciante”, expresó Romero.

La defensa pública, representada por Miguel Salomón, impugnó la formulación de cargos y dio su teoría de caso, además de que su asistido decidió declarar y responder preguntas.

De esta manera, la jueza Natalia González sostuvo que “sin perjuicio de la oposición de la defensa, la misma no puede contrarrestar la evidencia de la fiscalía. Es así que doy por formulados los cargos y resuelvo la prisión preventiva del acusado por el período de 20 días”.

La jueza agregó que “tal como lo mencionó el fiscal, hago lugar y considero pertinente la aplicación de la Convención Belén do Pará, como también que esta causa se enmarca en violencia de género. Y tengo presente que es el segundo incumplimiento a la misma orden judicial”.

PUBLICADO EL 23-01-2017
POR INFOALLEN – Mail: noticias@infoallen.com.ar   




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