La nueva reglamentación
incorpora cambios en beneficio de los inquilinos, regulación del aumento de
precios, y una extensión en la duración de os contratos.
La nueva Ley, que
entrará en vigencia el próximo 30 de septiembre, cuando venza el Decreto de
Necesidad y Urgencia 320, dictado por el presidente Alberto Fernández.
Recordemos que en el DNU
se ordenó la prórroga de contratos, congelamiento de cuotas de renta y
prohibición de desalojos.
Las modificaciones
de la ley de alquileres 2020
La iniciativa sancionada
modifica el Código Civil y Comercial de la Nación, y extiende el plazo mínimo
de los contratos de alquiler de dos a tres años.
Actualización anual del
precio de todos los contratos (independientemente de su valor), sobre la base
de una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución
de la inflación ( IPC) y de los salarios (RIPTE).
En cuanto al depósito de
entrada que pagan los inquilinos al iniciar el contrato, establece que el mismo
no puede representar un monto mayor al valor del primer mes de alquiler.
Se amplía la gama de
opciones que los inquilinos pueden presentar al propietario en concepto de
garantía: ya no sólo se admitirán inmuebles de terceros sino también recibos de
sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios.
También se fija que los
gastos de expensas extraordinarios quedan a cargo del propietario y no del
inquilino.
Los ocupantes de la
vivienda podrán interrumpir el contrato y abandonarla en forma anticipada sin
pagar indemnización, si cumple con un mínimo de tres meses de aviso previo.
PUBLICADO EL: 12-06-2020
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